Respuesta corta: sí. Los extranjeros pueden ser dueños plenos de inmuebles en República Dominicana en las mismas condiciones que los dominicanos, con inscripción previa en el RNC (GGI/Guzmán Ariza). No hace falta ser residente.
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¿Qué necesita un extranjero para comprar?
- Inscripción en el RNC (Registro Nacional de Contribuyentes) antes de la transferencia.
- Un abogado propio que revise el título, las cargas y los permisos del inmueble.
- Un medio de pago trazable. Desde mayo de 2025, la DGII exige declarar el medio de pago en toda transferencia inmobiliaria de más de RD$1 millón; sin ese dato no autoriza el pago del impuesto de transferencia (ITBI) (Siempre al Día).
¿Hay límites sobre lo que se puede comprar?
Sí. La franja costera de 60 metros desde la pleamar es dominio público y no se puede construir ni comprar (presentación oficial de RD). Además, cada zona tiene reglas de altura y densidad. En Verón–Punta Cana se presentó en julio de 2026 un nuevo plan de ordenamiento que fija 4 niveles más azotea para la zona turística de Bávaro (inmobiliario.do); su aprobación no está confirmada.
¿Cómo se compra paso a paso?
- Elegir el inmueble y pedir al vendedor sus documentos: título, permisos y, si es un proyecto en plano, la información del fideicomiso.
- Contratar un abogado de confianza para verificar el título y las cargas.
- Obtener el RNC.
- Firmar la promesa de venta y pagar la reserva.
- Pagar con medios trazables y declarar el medio de pago a la DGII.
- Pagar los impuestos y gastos de cierre, y registrar la transferencia.
Es una guía general de orientación: el orden y los documentos exactos los define el abogado según cada caso.
¿Se puede comprar en preventa siendo extranjero?
Sí. La estructura de pago más común es reserva de US$1,000–5,000, 10% a la firma, 30% durante la obra y 60% contra entrega (Eskala/AlterEstate). En preventa, la protección del comprador depende del fideicomiso: conviene exigirlo por escrito (ver nuestra guía sobre fideicomisos).
Preguntas frecuentes
¿Necesito ser residente para comprar en RD? No. Se necesita el RNC y un pago trazable, no la residencia.
¿Puedo comprar frente al mar? Sí, pero la franja de 60 metros desde la pleamar es dominio público y no se puede comprar ni construir.
¿Puedo pagar en efectivo? En la práctica no: desde mayo de 2025 la DGII exige declarar el medio de pago en transferencias de más de RD$1 millón.
Informativo; no sustituye asesoría legal, fiscal ni de inversión. Cifras con corte al 13 de octubre de 2026.
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